Preparativos
> Boda Civil
Los requisitos que deben cumplir
los contrayentes, así como el procedimiento que se debe seguir
para que el matrimonio sea válido, están establecidos en el
Código de Familia. Tanto en el caso del matrimonio civil como en
el que celebre la Iglesia Católica debe respetarse lo establecido
en dicha Ley. Los notarios públicos están facultados para
celebrar matrimonios en todo el país, y es muy frecuente que se
acuda ante ellos para tal efecto. La labor de este funcionario no
se limita únicamente a celebrar el matrimonio, sino que debe
verificar que no exista ningún impedimento legal y que no falte
algún requisito indispensable. Asimismo, debe asesorar a la
pareja en lo que ella requiera o desconozca acerca del proceso, y
es el responsable de inscribir el matrimonio en el Registro Civil.
La información básica que recomendamos reunir antes de
presentarse ante el notario es:
- Certificación expedida por el
Registro Civil que demuestre la libertad de estado de los
novios y sus asientos de nacimiento. También se le conoce
como "certificación de soltería".
- Información completa de los
novios y de sus padres: nombre completo, edad, profesión u
oficio, lugar de nacimiento y lugar de residencia actual.
- Dos testigos, quienes declarán
sobre la libertad de estado y la aptitud legal de los novios
para contraer matrimonio. Debe suministrarse la misma
información indicada en el punto anterior.
Dependiendo de las condiciones
particulares de los novios, podría ocurrir que sea necesario el
cumplimiento de otros requisitos, lo cual deberá ser indicado por
el notario público al que acuda la pareja.
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